Derecho Civil y Mercantil, dentro del ámbito del Derecho Civil y Mercantil realizamos las siguientes actuaciones:

  1. Reclamación de Cantidad: Parte Civil y Parte Mercantil.

  2. Otras Gestiones: contratos de Arrendamiento, Compraventa, Herencias.

 

  1. Reclamación de cantidad: Parte Civil.

Nuestra legislación procesal establece un procedimiento rápido, denominado "Monitorio" para la tramitación y cobro de determinadas deudas, siempre y cuando se cumpla con una serie de requisitos tasados y, desde el pasado 31 de octubre de 2011, sin limite cuantitativo en la cuantía a reclamar (rompiéndose así la barrera preestablecida de los 250.000,00 €).

Requisitos mínimos:

Dentro de la definición descrita, nada impide la utilización de este medio procesal para la exigibilidad de las deudas de un incumplimiento contractual o del impago de un efecto cambiario (llámese cheque, letra o pagaré).

Ahora bien, para su efectividad o mejor porvenir de la reclamación debemos tener presentes al menos tres puntos vitales: el primero de ellos, que se lleve a cabo en un breve plazo de tiempo (pues el paso del tiempo puede llevar consigo consecuencias no deseadas ni esperadas, como puede ser "la prescripción de la deuda", entre otras), el tener documentada la deuda a exigir y, finalmente (y no por ello menos importante), la localización del deudor/a.

  1. Reclamación de cantidad: Parte Mercantil.

Otra vertiente a tener muy presente a la hora de reclamar una deuda, es el saber si nuestro deudor está o está próxima a estar en situación de Concurso de Acreedores. Dicha información marcará un antes y un después para nuestra deuda, ya que si nos encontramos ante dicho supuesto, no sólo cambiará la forma de gestionarla sino también el órgano encargado del procedimiento. Veamos los dos supuestos más comunes (sin perjuicio de otros muchos):

  1. Otras gestiones:

Si usted o su empresa se encuentra en alguno de los supuestos expuestos, deberá ponerse en contacto con un profesional del Derecho para que le asesore a la mayor brevedad posible, a fin de que pueda tomar las medidas oportunas para salvaguardar su crédito. Para más información, no dude en consultarnos su caso (previa cita).